LOS ORGANOS DE DIRECCIÓN.
La Fundación Pro Desarrollo Integral Sustentable Funprodis está organizada por la Asamblea General, el Directorio; el Presidente y el Director Ejecutivo.
LA ASAMBLEA GENERAL
1.) La Asamblea general.- Es el órgano supremo de la Fundación y está constituida por sus miembros fundadores y activos.
2.) Clases.- La Asamblea General será ordinario y extraordinario.
La Asamblea General Ordinaria se reunirá una vez al año.
La Asamblea General extraordinaria se reunirá por convocatoria del directorio o a petición, al menos, del cincuenta y uno por ciento de sus miembros.
3.) Funciones y atribuciones de la Asamblea General.- Son funciones de la Asamblea General:
a.) velar por el cumplimiento de los objetivos de la Fundación;
b.) Elegir a los miembros del directorio;
c.) Aceptar nuevos miembros de la Fundación;
d.) Analizar y aprobar la reforma del estatuto y ponerlo a conocimiento de la autoridades competentes;
e.) Conocer el informe anual del Presidente y del Director Ejecutivo;
f.) Decidir o aprobar la asociación de la Fundación con otras entidades jurídicas reconocidas;
g.) Remover a los miembros del directorio y al Director Ejecutivo;
h.) Aprobar el reglamento interno de la Fundación;
i.) Interpretar el presente estatuto;
j.) Conocer y aprobar el plan anual de trabajo de la Fundación;
k.) Aprobar la constitución de centros o dependencias para el cumplimiento de sus objetivos;
l.) Determinar el monto de las cuotas ordinarias y extraordinarias de los miembros;
m.) Autorizar inversiones superiores a diez mil dólares (USD 10.000,oo);
n.) Decidir la disolución de la Fundación y el destino de sus bienes; y,
o.) Las demás que se confieran en el presente estatuto.
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.
Sección Segunda
DEL DIRECTORIO
Art. 22.- El Directorio.- Se halla integrado por el presidente, el director ejecutivo, el secretario, el tesorero y tres vocales.
El directorio sesionará por lo menos, una vez cada semestre. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple.
Art. 23.- Funciones.- Son funciones del Directorio:
a.) Identificar y definir las políticas de la Fundación;
b.) Designar representantes de la Fundación ante organismos nacionales e internacionales;
c.) Contribuir en la coordinación interinstitucional;
d.) Autorizar la suscripción de convenios con organismos nacionales e internacionales, de acuerdo con las normas del reglamento interno;
e.) Determinar nuevos campos de actividades;
f.) Aprobar la creación de subsedes de la Fundación;
g.) Crear los órganos administrativos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Fundación y asignar las funciones y atribuciones de aquellos, en el reglamento interno;
h.) Aprobar el presupuesto de la Fundación; y
i.) Las demás contempladas en los estatutos.
Sección Tercera
DEL PRESIDENTE
Art. 24.- Designación, período y subrogación.- El presidente, será designado de entre los miembros fundadores o activos, por la Asamblea General, durará en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegido por una sola vez consecutiva.
A falta o impedimento del Presidente le subrogará el Director Ejecutivo.
Art. 25.- Funciones y atribuciones.-
a.) Dirigir la marcha de la Fundación;
b.) Cumplir y hacer el estatuto y reglamentos de la Fundación;
c.) Convocar y presidir las sesiones de asamblea general y de directorio, de acuerdo con el estatuto y el reglamento , y suscribir las actas;
d.) Presentar al directorio informes técnicos y económicos periódicos, de conformidad con las disposiciones del reglamento interno y de cada proyecto en particular;
e.) Presentar el informe anual de actividades y económico a la asamblea general;
f.) Proponer normas de inversión de los recursos financieros de la Fundación y someterlas a la aprobación del directorio; y
Sección Cuarta
DEL DIRECTOR EJECUTIVO.
Art. 26.- Designación y período y subrogación.- El Director Ejecutivo, será designado por la Asamblea General, y puede ser o no ser miembro de la Fundación, durará en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegido indefinidamente.
A falta o impedimento del Director Ejecutivo le subrogará el Presidente de la Fundación.
Art. 27.- Funciones y atribuciones:
a.) Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Fundación;
b.) Elaborar el plan anual de trabajo, el informe anual de labores y someterlos a consideración del directorio;
c.) Gestionar la obtención de recursos técnicos y financieros para la adecuada marcha de la Fundación;
d.) Contratar al personal operativo de la Fundación, seleccionando para todos los cargos a profesionales idóneos;
e.) Designar comisiones o grupos de trabajo para que proporcionen asesoría personal o grupal;
f.) Realizar toda clase de gestiones, actas y contratos relacionadas con la actividad de la Fundación;
g.) Dirigir la marcha financiera y administrativa de la Fundación;
h.) Firmar convenios, contratos y demás instrumentos relacionados a los fines de la entidad;
i.) Firmar los cheques conjuntamente con el tesorero;
j.) Realizar los pagos según el presupuesto y/o de acuerdo con las resoluciones del directorio; y,
k.) Las demás que le asignen este estatuto y reglamento.
Sección Quinta.
DEL SECRETARIO
Art. 28.- Designación y período.- El secretario, será designado por la Asamblea General, de entre los miembros fundadores o activos, durará en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegido por una sola vez consecutiva.
Art. 29.- Son funciones y atribuciones del secretario:
a.) Redactar las actas de las sesiones de asamblea general y de directorio, y elaborar el libro correspondiente debidamente foliado:
b.) Llevar el archivo y la correspondencia de la Fundación;
c.) Elaborar con el Presidente el respectivo orden del día para las sesiones convocadas;
d.) Llevar fichas de registro actualizadas de los miembros;
e.) Las demás que señale este estatuto y el reglamento.
COMISIONES
(En proceso de reestructuración)