DECEMBER 2010
FUNPRODIS. Fundación Pro Desarrollo Integral Sustentable  
 
  ORGANIZATIONAL 30-04-2024 07:55 (UTC)
   
 
 

LOS ORGANOS DE DIRECCIÓN.

 

La Fundación Pro Desarrollo Integral Sustentable Funprodis está organizada por la Asamblea General, el Directorio; el Presidente y el Director Ejecutivo.

 

LA ASAMBLEA GENERAL

 

1.) La Asamblea general.- Es el órgano supremo de la Fundación y está constituida por sus miembros fundadores y activos.

2.) Clases.- La Asamblea General será ordinario y extraordinario.

La Asamblea General Ordinaria se reunirá una vez al año.

La Asamblea General extraordinaria se reunirá por convocatoria del directorio o a petición, al menos, del cincuenta y uno por ciento de sus miembros.

3.) Funciones y atribuciones de la Asamblea General.- Son funciones de la Asamblea General:

a.) velar por el cumplimiento de los objetivos de la Fundación;

b.) Elegir a los miembros del directorio;

c.) Aceptar nuevos miembros de la Fundación;

d.) Analizar y aprobar la reforma del estatuto y ponerlo a conocimiento de la autoridades competentes;

e.) Conocer el informe anual del Presidente y del Director Ejecutivo;

f.) Decidir o aprobar la asociación de la Fundación con otras entidades jurídicas reconocidas;

g.) Remover a los miembros del directorio y al Director Ejecutivo;

h.) Aprobar el reglamento interno de la Fundación;

i.) Interpretar el presente estatuto;

j.) Conocer y aprobar el plan anual de trabajo de la Fundación;

k.) Aprobar la constitución de centros o dependencias para el cumplimiento de sus objetivos;

l.) Determinar el monto de las cuotas ordinarias y extraordinarias de los miembros;

m.) Autorizar inversiones superiores a diez mil dólares (USD 10.000,oo);

n.) Decidir la disolución de la Fundación y el destino de sus bienes; y,

o.) Las demás que se confieran en el presente estatuto.

 

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.

 

Sección Segunda

DEL DIRECTORIO

 

Art. 22.- El Directorio.- Se halla integrado por el presidente, el director ejecutivo, el secretario, el tesorero y tres vocales.

 

El directorio sesionará por lo menos, una vez cada semestre. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple.

 

Art. 23.- Funciones.- Son funciones del Directorio:

a.)      Identificar y definir las políticas de la Fundación;

b.)      Designar representantes de la Fundación ante organismos nacionales e internacionales;

c.)      Contribuir en la coordinación interinstitucional;

d.)      Autorizar la suscripción de convenios con organismos nacionales e internacionales, de acuerdo con las normas del reglamento interno;

e.)      Determinar nuevos campos de actividades;

f.)       Aprobar la creación de subsedes de la Fundación;

g.)      Crear los órganos administrativos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Fundación y asignar las funciones y atribuciones de aquellos, en el reglamento interno;

h.)      Aprobar el presupuesto de la Fundación; y

i.)       Las demás contempladas en los estatutos.

 

Sección Tercera

DEL PRESIDENTE

 

Art. 24.- Designación, período y subrogación.- El presidente, será designado de entre los miembros fundadores o activos, por la Asamblea General, durará en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegido por una sola vez consecutiva.

A falta o impedimento del Presidente le subrogará el Director Ejecutivo.

 

Art. 25.- Funciones y atribuciones.-

 

a.)      Dirigir la marcha de la Fundación;

b.)      Cumplir y hacer el estatuto y reglamentos de la Fundación;

c.)      Convocar y presidir las sesiones de asamblea general y de directorio, de acuerdo con el estatuto y el reglamento , y suscribir las actas;

d.)      Presentar al directorio informes técnicos y económicos periódicos, de conformidad con las disposiciones del reglamento interno y de cada proyecto en particular;

e.)      Presentar el informe anual de actividades y económico a la asamblea general;

f.)       Proponer normas de inversión de los recursos financieros de la Fundación y someterlas a la aprobación del directorio; y

 

Sección Cuarta

DEL DIRECTOR EJECUTIVO.

 

Art. 26.- Designación y período y subrogación.- El Director Ejecutivo, será designado por la Asamblea General, y puede ser o no ser miembro de la Fundación, durará en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegido indefinidamente.

A falta o impedimento del Director Ejecutivo le subrogará el Presidente de la Fundación.

 

Art. 27.- Funciones y atribuciones:

 

a.)      Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Fundación;

b.)      Elaborar el plan anual de trabajo, el informe anual de labores y someterlos a consideración del directorio;

c.)      Gestionar la obtención de recursos técnicos y financieros para la adecuada marcha de la Fundación;

d.)      Contratar al personal operativo de la Fundación, seleccionando para todos los cargos a profesionales idóneos;

e.)      Designar comisiones o grupos de trabajo para que proporcionen asesoría personal o grupal;

f.)       Realizar toda clase de gestiones, actas y contratos relacionadas con la actividad de la Fundación;

g.)      Dirigir la marcha financiera y administrativa de la Fundación;

h.)      Firmar convenios, contratos y demás instrumentos relacionados a los fines de la entidad;

i.)       Firmar los cheques conjuntamente con el tesorero;

j.)       Realizar los pagos según el presupuesto y/o de acuerdo con las resoluciones del directorio; y,

k.)      Las demás que le asignen este estatuto y reglamento.

 

Sección Quinta.

DEL SECRETARIO

 

Art. 28.- Designación y período.- El secretario, será designado por la Asamblea General, de entre los miembros fundadores o activos, durará en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegido por una sola vez consecutiva.

 

Art. 29.- Son funciones y atribuciones del secretario:

a.)      Redactar las actas de las sesiones de asamblea general y de directorio, y elaborar el libro correspondiente debidamente foliado:

b.)      Llevar el archivo y la correspondencia de la Fundación;

c.)      Elaborar con el Presidente el respectivo orden del día para las sesiones convocadas;

d.)      Llevar fichas de registro actualizadas de los miembros;

e.)      Las demás que señale este estatuto y el reglamento.

 

COMISIONES

 
(En proceso de reestructuración)

 
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